Beneficiarios del IMSS, podrán darse de alta desde casa

Beneficiarios del IMSS, podrán darse de alta desde casa

Trabajadores asegurados en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tienen derecho a extender la prestación del servicio médico gratuito para su esposa, esposo e hijos.

El artículo 84 de la Ley del Seguro Social contempla como beneficiarios legales a hijos, hijas, esposo, esposa, concubino o concubina, padre o madre, detalló Billy Orta Paredes, del Departamento de Supervisión de Afiliación Vigencia.

Para dar de alta al esposo o esposa, el trámite debe realizarlo el asegurado o pensionado, siempre y cuando no se haya registrado anteriormente como trabajador ante el IMSS.

El trámite de alta a los beneficiarios esposa o hijos puede realizarse de manera presencial o digital. Para la primera, deberá acudir con los requisitos para realizar el trámite en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que le corresponda; de lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 horas, o de 14:00a 19:00 horas.

El trámite digital se realiza a través del portal IMSS Digital: www.imss.gob.mx. Es importante mencionar que sólo lo pueden realizar aquellos que cuenten con firma electrónica o e-firma, gestionada con anterioridad a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT). 

Los requisitos solicitados son: Número de Seguro Social (NSS) del trabajador, identificación oficial (INE) del asegurado y su esposa o esposo, comprobante domiciliario no mayor a tres meses de vigencia (recibo de agua, teléfono, luz), Clave Única de Registro de Población (CURP) del asegurado y su esposo o esposa, así como copia certificada del acta de matrimonio.

Para el caso de los hijos, también debe presentar CURP y acta de nacimiento, de adopción o de reconocimiento.

Finalmente, el funcionario puntualizó que el trámite digital puede realizarse las 24 horas del día, los 365 días del año. “En la emergencia sanitaria, esta es una de las mejores opciones para dar de alta a sus beneficiarios”.